Convención Constituyente Ushuaia 2022 : POR MAYORÍA ACORDARON MODIFICACIÓN AL RÉGIMEN DE EMPLEO PÚBLICO

POR MAYORÍA ACORDARON MODIFICACIÓN AL RÉGIMEN DE EMPLEO PÚBLICO

Con una nutrida presencia de grupos sindicales y exposiciones de dirigentes, abogados del campo
laboral, trabajadores municipales y legislativos, se discutió sobre los artículos 108 y 109 de la Carta
Orgánica contenidos en el capítulo de Régimen de Empleo Público, llegando a un dictamen de
mayoría acompañado por la firma de 8 de los 14 convencionales, donde como puntos más relevantes
se suprime en el texto la figura de “representantes no agremiados”, y se establece la diferenciación
entre empleados del Departamento Ejecutivo y del Legislativo.
En la redacción del texto queda plasmado que se propone que el régimen de empleo público, tanto
del Departamento Ejecutivo como del Legislativo, se conforma mediante el convenio municipal de
empleo y convenio legislativo municipal, respectivamente, garantizando los principios de igualdad,
idoneidad e interseccionalidad.
Asimismo, el marco normativo de los convenios, tanto municipal como legislativo, deben respetar los
principios de ingreso por concurso; de condiciones laborales dignas, salubres y seguras, entre otros
aspectos; estabilidad de empleo público y acceso a la defensa; capacitación y promoción; retribución
justa; igual remuneración por igual tarea por igualdad de condiciones; sueldo anual complementario
y vacaciones pagas; articular herramientas para promoción de ambientes laborales libres de
violencia; y prevalecer a favor del trabajador cualquier interpretación de la normativa.
A su vez, sobre la quita de “representantes no agremiados”, se fija que todos los trabajadores
municipales y legislativos, sobre convenios de empleo, son representados por la totalidad de
asociaciones u organizaciones gremiales inscriptas o con personería gremial, que actúen dentro del
ámbito que les compete, con el fin de atender el reclamo de los trabajadores sobre acceder a
“homologar los acuerdos”.
Por otra parte, el acuerdo textualiza que las asociaciones gremiales, no podrán exigir a los no
afiliados contribuciones por el uso del convenio colectivo de trabajo. En cuanto a la negociación
colectiva, puede ser convocada tanto por el Departamento Ejecutivo o el  Legislativo, como por las
entidades sindicales.
Para la modificación de este artículo, habían ingresado siete proyectos de la autoría de Más Ushuaia;
Somos Fueguinos; Juntos por el Cambio; diversos gremios (SOEM, ATE, UPCN, SADEM, ASEOM, SPJ,
SEMUP) con adhesiones de la CGT y la CTA; y espacio político ECOS. Luego de un extenso intercambio
de pareceres, y un cuarto intermedio para revisar los puntos de acuerdo, se llegó al consenso por
mayoría con 8 integrantes del Cuerpo: los convencionales Juan Carlos Pino, Alejandro Niz, Erica
Fossati, Walter Vuoto, Laura Avila, Agustín Coto, Mónica Urquiza y Fernando Oyarzún.
Por su parte, y al igual que Javier Branca, desde el bloque de Juntos por el Cambio expresaron no
estar en contra de esta armonización de proyectos, sino que manifestaron su voluntad de utilizar el
tiempo que queda hasta el tratamiento final en sesión, para poder estudiar en profundidad las
modificaciones y en un eventual acuerdo acompañar en la votación. No así es el caso del bloque de
Somos Fueguinos, que presentaron por minoría un dictamen a favor de la no modificación del texto
original.

Si bien no se consiguió unanimidad en este tema, desde el Cuerpo explicaron a los presentes la
importancia de haber conseguido mayoría en la elaboración de este dictamen que, si bien resta
trabajarlo en comisión de Información y Debate Ciudadano, y que aún debe ser sometido a votación
en sesión, “es un gran avance en defensa de los trabajadores”, remarcaron.
Sobre la redacción original y la necesidad de establecer un cambio, varios exponentes del ámbito
jurídico del trabajo habían fundamentado en el uso de la palabra que “toda negociación que se haga
con una agrupación de no agremiados, va por fuera de la Ley del Trabajo, y no se puede plasmar en
la Carta Orgánica algo que está por encima de la Ley Nacional del Trabajo”. De esta manera,
aseguraron, “se incurriría en la inconstitucionalidad y en prácticas ilegales del Municipio”, ya que no
puede existir en una negociación colectiva la participación de un no agremiado.
A su vez, dirigentes gremiales del ámbito municipal enfatizaron sus exposiciones sobre “la
oportunidad histórica de una trasformación social y de poder devolverle los derechos a los
trabajadores, en la búsqueda de un convenio colectivo de trabajo homologado”.
Por su parte, y en referencia al Departamento Legislativo, la Lic. Noelia Butt –con más de 20 años de
servicio en el Concejo Deliberante- acompañó el reclamo en defensa de estos derechos, pero
manifestando la necesidad de ser visibilizados, expresando que “siempre fuimos tenidos en cuenta
como un área del Ejecutivo. Cuando en 2002 se sanciona la Carta Orgánica, no quedó discriminado el
personal del Ejecutivo y del Legislativo. Fue siempre muy costoso para el personal del Concejo
Deliberante la visibilización. Los acuerdos quedaron siempre remitidos a lo que se lograba con el
Ejecutivo”. Por este tema, enfatizó que “más allá de acompañar lo expuesto, queremos aprovechar
esta oportunidad histórica para que se reconozca al personal del Concejo Deliberante, es por eso que
compartimos la entidad que se da al personal legislativo en la reforma de este articulado”, finalizó.

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